DE QUÉ SE TRATA?:
El programa Kit Digital es un programa de ayudas del gobierno de España para apoyar e impulsar la digitalización de un millón de pymes y autónomos del territorio español.
*Tiene una dotación de 3.000 millones de euros de los fondos europeos Next Generation.
PLAZO:
El 15 de marzo se abre el plazo para presentar la solicitud de acceso al Kit Digital que permanecerá activo durante seis meses o hasta que se acaben los fondos.
¿QUÉ SERVICIOS SUBVENCIONA?
CATEGORÍA I: PÁGINA WEB y PRESENCIA EN INTERNET (SEO)… Hasta 2.000 €
Dominio | Hosting | Diseño de la página web | Web responsive | Accesibilidad | Posicionamiento básico en internet | Autogestionable | Optimización de la presencia en buscadores (SEO básico)
CATEGORÍA II: TIENDA ONLINE COMERCIO ELECTRÓNICO… Hasta 2.000 €
Creación de la tienda online o E-Commerce y alta del catálogo de productos | Métodos de pago | Diseño responsive | Accesibilidad | Posicionamiento básico en internet | Autogestionable
CATEGORÍA III: GESTIÓN DE REDES SOCIALES… Hasta 2.500 €
Social Media Plan | Monitorización de redes sociales | Optimización de la red/Auditoría Social Media | Gestión de una red social | Publicación de posts semanales
CATEGORÍA IV: GESTIÓN DE CLIENTES (CRM) … Hasta 4.000 €
Gestión de clientes | Gestión de Clientes potenciales (Leads) | Acciones o tareas comerciales| Reporting, planificación y seguimiento comercial | Alertas | Gestión documental | Diseño Responsive | Integración con diversas plataformas
CATEGORÍA V: CUADROS DE MANDO BUSINESS INTELLIGENCE Y ANALÍTICA (KPI’s)… Hasta 4.000 €
Integración de datos con otras bases de datos | Almacenamiento de datos | Creación de paneles de datos estructurados y visuales | Exportación de datos
CATEGORÍA VI: SERVICIOS Y HERRAMIENTAS DE OFICINA VIRTUAL… Hasta 250 €/usuario (máx. 12.000 €)
Colaboración en equipos de trabajo | Almacenar y compartir archivos | Compatibilidad con dispositivos móviles | Calendario y agenda
CATEGORÍA VII: GESTIÓN DE PROCESOS (ERP)… Hasta 6.000 €
Digitalización y/o automatización de procesos y flujos de trabajo | Contabilidad/finanzas | Facturación | Proyectos | Inventario | Compras y pagos | Recursos humanos | Logística | Integración con diversas plataformas | Actualizable | Escalable
CATEGORÍA VIII: FACTURA ELECTRÓNICA… Hasta 1.000 €
Facturas en formato estructurado | Facturas ilimitadas | Clientes ilimitados | Productos o servicios ilimitados | Envío de facturas por correo electrónico | Personalización de facturas |Copia de seguridad periódicas | 1 GB Almacenamiento | Histórico de facturas | Integración con otras soluciones | Control de vencimiento
BASES
Para ser beneficiarias del bono Kit Digital las empresas tienen que cumplir los siguientes requisitos:
Ser pequeñas empresas o trabajadores autónomos con domicilio fiscal ubicado en territorio español.
Tener la consideración de pequeña empresa o microempresa.
Estar inscrita en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria o en el censo equivalente de la Administración Tributaria Foral, que debe reflejar la actividad económica efectivamente desarrollada a la fecha de solicitud de la ayuda, y tener una antigüedad mínima de 6 meses.
Si se ha realizado un cambio del Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Administración Tributaria Foral y viceversa, se tendrá en consideración el período que haya permanecido inscrito en ambos.
No tener la consideración de empresa en crisis.
Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
No estar sujeto a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.
La compañía no puede estar incursa en ninguna otra de las prohibiciones previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
No superar el límite de ayudas de mínimas.
Disponer de la evaluación del Nivel de Madurez Digital, de acuerdo con el test de diagnóstico disponible en la plataforma Acelera pyme.
No podrán ser beneficiarias del Bono Digital:
Las personas físicas o jurídicas que sean Agentes Digitalizadores Adheridos, ni aquellas con las que estos contraten o subcontraten para la prestación de soluciones de digitalización.
Las empresas de naturaleza pública y las entidades de derecho público.
Los Colegios profesionales, las sociedades civiles, las comunidades de bienes, las comunidades de propietarios en régimen de propiedad horizontal o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que carezca de personalidad jurídica.